EDUCACIÓN

Reforma al Código Penal Integral

Jóvenes Corresponsales

Nuestra Joven Corresponsal de IBEC, Alicia Morán, estudiante de la Unidad Educativa Nuestra Madre de la Merced, nos trae un interesante artículo acerca de la reforma al Código Penal Integral.

En el campo del Derecho, se define como código al grupo de reglas legales que sirven para regular, de manera unitaria, un determinado asunto. Mediante su definición podemos saber que el código, es la recopilación de diversas leyes y normas  que  imponen  las sanciones más severas que son  las penas.

La unidad sancionadora del Estado, no puede ser arbitraria puesto que si atenta contra esos códigos, se establecerá la respectiva sanción. Es decir, que se necesita de una técnica jurídica muy avanzada y cuidadosa, que permita sistematizar todas las normas e impedir conflictos y lagunas o vacíos  legales.

El primer Código Penal que se creó, fue en la presidencia de Vicente  Rocafuerte, en donde se dictó la primera Ley de Hacienda, y  proclamó el primer Código Penal Ecuatoriano que rigió hasta 1872.

Ese código penal se ha  modificado  con el paso de los gobiernos,  los congresos o asambleas han sido los encargados de estudiar y elaborar las  reformas pertinentes.

El  Código Penal actual se lo reformó el 24 marzo de 2009, en la  administración del Señor Econ. Rafael Correa Delgado, pero éste no ha tenido consecuencias positivas  para el país, y a la vez ese código está siendo subestimado por las personas que lo manejan, pues se debería cumplir con eficacia y transparencia, por lo que se ha  tomado la decisión de reunirse en Asamblea Constituyente para que se realice una nueva reforma al  código penal. Así lo transmitió en el enlace sabatino del 5 de mayo en el que dijo: “La realidad es que tenemos un problema de inseguridad ciudadana. Y aunque la solución única y final no es tener más leyes, por supuesto que ayuda. Entonces, necesitamos ser más drásticos y severos en la aplicación de las leyes y en la redacción de las mismas. Se mandó un Código acorde a la Constitución, a los tratados internacionales, al siglo XXI, a las necesidades del país. Y nos dicen que en el debate se están quitando muchas cosas, que se está cayendo en el hipergarantismo para el acusado. ¿Y para el ciudadano honesto? Hay que estar atentos en eso...”, explicó.

Los medios de comunicación se sienten afectados e intranquilos, porque no se están respetando  sus derechos, puesto que existe una ley  sobre  “Atentar contra la libertad de expresión”, donde ellos  pueden también ser sancionados y si no existiera esta “Libertad”, esto se convertiría en un  tema  controversial.

Como podemos observar, existen consecuencias positivas y negativas.

A continuación, veremos unas de las  propuestas planteadas por Augusto Barrera, para la nueva clasificación de delitos para viabilizar el ágil juzgamiento de los delitos frecuentes.

·         Tipificación de las nuevas modalidades delictivas. Agilidad en el juzgamiento de hurtos que superan $132,50, robos simples, lesiones, estafas y otros delitos sancionados con prisión.

·         Juzgamiento ágil de determinados delitos flagrantes contra la propiedad. Que se sancione a los autores, cómplices, encubridores, coautores e instigadores.

Todo esto con el fin de que los ciudadanos ecuatorianos, tengan más seguridad, esa seguridad que actualmente se está escapando  de las manos de las autoridades.

 Y entre las reformas planteadas tenemos:

§  No afiliación al IESS

§  Incitación al oído

§  Atentado contra la libertad de expresión

§  Mala práctica médica

§  Destrucción de bien de patrimonio cultural

§  Secuestro

§  Tentativa de asesinato al presidente

§  Abuso Sexual

§  Sabotaje

§  Trata de Personas

§  Delito de establecer y administrar casinos y salas de jugos

§  Maltrato animal

§  Ley de Drogas

Dependiendo de la infracción, se considera  sancionar desde meses, 1 año,  hasta la acumulación de penas que llevará a condena perpetua.  Todo este proceso aun no se ha aplicado,  ni entra en funcionamiento, pero sigue en conversación puesto  que es un tema delicado en donde se realizan profundos estudios para estos cambios.

Por tanto  lo más importante es que estas reformas, se apliquen de forma correcta para obtener como resultado, una sociedad  más tranquila y  segura, donde las personas sean responsables de sus actos. Así mismo se espera que esas reformas sean  bien estructuradas  y las personas encargadas de modificarlas,    sean muy  profesionales en la labor que se les ha  otorgado.



Webgrafía:

http://www.diariocorreo.com.ec/index.php?option=com_content&view=article&id=14852:reforma-del-codigo-penal-ecuatoriano&catid=9:editorial&Itemid=15

http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&view=article&id=6405:codigo-penal-integral&catid=256:noticias-de-interes

http://www.elcomercio.com/seguridad/reforma-Codigo_Penal-prision-nuevos_delitos_0_571742892.html

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Author: Anonym
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